
Los conductores que no realicen el pago del refrendo o la tenencia vehicular pueden ser acreedores a multas.
Debido a las fallas que ha presentado la plataforma del pago de tenencia del Estado de México, las autoridades estatales anunciaron, la tarde de este lunes 31 de marzo, que se ampliará el periodo para obtener el subsidio.
Luego de los reportes por fallas en la web, el gobierno del Edomex detalló que la ampliación para obtener el subsidio de la tenencia vehicular 2025 se ampliará por 30 días más.
Por ello, la fecha límite para realizar el pago del refrendo en el Edomex será el próximo miércoles 30 de abril.
Al respecto, Óscar Flores Jiménez, Secretario de Finanzas, agradeció el interés de la ciudadanía por acceder al llamado refrendo, el cual beneficiará a cerca de dos millones de mexiquenses que poseen vehículos de hasta 550 mil pesos sin IVA.
Hasta el momento de la publicación de esta nota, el sitio web de la tenencia vehicular del Edomex continúa presentando fallas.
Tenencia vehicular Edomex: ¿Cuáles son los requisitos para obtener el subsidio?
De acuerdo con el Programa de Subsidio a la Tenencia Vehicular 2025 del Edomex, los requisitos son los siguientes:
- Tener un vehículo con placa vigente, cuyo valor no exceda de 550 mil pesos para autos y 115 mil pesos para motos, sin IVA.
- Estar o ponerse al corriente en el pago de la tenencia 2024.
- Pagar el refrendo 2025 que tiene un costo de 917 pesos para autos y 677 pesos para motocicletas.
El pago del refrendo se puede tramitar a través del sitio web tenencia.edomex.gob.mx y pagar en línea, o bien, generar el formato de pago y acudir a alguno de los más de cinco mil puntos de pago, que incluyen tiendas departamentales, de conveniencia, autoservicio, farmacias e instituciones bancarias.
¿Cuándo no es procedente el subsidio a la Tenencia 2025 en Edomex?
Las personas que no paguen el refrendo a más tardar el 30 de abril ya no podrán acceder al subsidio de la tenencia vehicular y, en caso de no hacer el pago de este impuesto, los conductores podrían verse sujetos a multas.
Además, las siguientes personas no podrán tener acceso al subsidio al pago de tenencia:
- Los vehículos que provengan de otra entidad.
- Los contribuyentes propietarios de vehículos de servicio particular con placas de circulación expedidas en el ejercicio fiscal 2019 y anteriores que no hayan cumplido con la obligación de realizar la renovación de placas durante el 2024.
- Aquellos que tengan adeudos del Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos vigente en la entidad o de derechos de control vehicular de los ejercicios fiscales 2024 y anteriores.
- En caso de irregularidad o falsedad en los datos o documentación proporcionados.